La Federación de Ataxias de España (FEDAES)  propone la incorporación de la Ataxia de Friedreich y la Ataxia Espinocerebelosa tipo 3 (SCA3) a la jubilación anticipada

  • FEDAES y COCEMFE nacional han enviado al Gobierno un informe para solicitar la ampliación de la jubilación anticipada de la Ataxia de Friedreich y de la Ataxia Espinocerebelosa SCA3.
  • FEDAES espera que se garantice este derecho a las personas con Ataxia de Friedreich y de la Ataxia Espinocerebelosa SCA3 porque el trabajo evidencia la necesidad urgente de esta ampliación
  • COCEMFE nacional recurrió el año pasado al nuevo sistema de inclusión de patologías para acceder a la jubilación anticipada y logró la aprobación de siete nuevas patologías, un avance pendiente de ratificación por parte del Gobierno y de su publicación en el BOE

FEDAES ha enviado al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones un informe destinado a argumentar la necesidad de incluir Ataxia de Friedreich y Ataxia Espinocerebelosa SCA3, entre las enfermedades que pueden acogerse a la jubilación anticipada de trabajadores y trabajadoras, con grado de discapacidad del 45% o superior.

Este informe, es el resultado de un trabajo de análisis, en el que se ha recogido la evidencia científica existente, sobre la reducción de la esperanza de vida de estas enfermedades (parámetro de valoración recogido en el real decreto), para respaldar la necesidad de contemplar el supuesto de jubilación anticipada.

La incorporación de la ataxia de Friedreich y la Ataxia Espinocerebelosa SCA3, en la jubilación anticipada, responde a las características de estas enfermedades, que son gravemente invalidantes, discapacitantes y que disminuyen la esperanza de vida de las personas afectadas, es decir, cumplen con los requisitos establecidos en el RD por el que se desarrolla el articulo 161.bis de la Ley General de la Seguridad Social en cuanto a la anticipación de la jubilación de los trabajadores con discapacidad en grado igual o superior al 45%

 

La esperanza de vida de las personas afectadas por estos dos tipos de Ataxia, disminuye notablemente, respecto al conjunto de la población.

Ambas enfermedades afectan predominantemente al Sistema Nervioso Central y Periférico. En cuanto a la edad de comienzo, es muy dispar, apareciendo en la niñez, primera juventud o en edad adulta.

Se inicia con falta de equilibrio y coordinación de los movimientos, (lo que conlleva a la necesidad del uso de silla de ruedas), dificultades en el habla y también atragantamientos frecuentes.

A menor edad de inicio de la enfermedad más grave e invalidante se manifiesta y la esperanza de vida debido se acorta notablemente.

Es decir, cumplen todos los requisitos contemplados en el Decreto sobre la jubilación anticipada: Grado de discapacidad superior al 45% y disminución de la esperanza de vida.

La Federación de Ataxias de España, junto a la Confederación Española de Personas con Discapacidad Física y Orgánica (COCEMFE) y su Movimiento Asociativo han enviado 6 informes referentes a un total de 6 nuevas patologías para acceder a la jubilación anticipada: artritis reumatoide, ataxia de Friedrich, lupus eritematoso sistémico, paraparesia espástica familiar, encefalomielitis miálgica y Ataxia SCA3.

Desde COCEMFE y FEDAES consideramos fundamental que las personas con estas patologías puedan acceder a la jubilación anticipada, en condiciones adecuadas, teniendo en cuenta su realidad específica. Se trata de una medida, vinculada a la protección social y al bienestar, especialmente, en aquellos casos en los que existe una reducción de la esperanza de vida, tal y como evidencian los informes presentados.

 

Persona de contacto de la entidad encargada de atender a los medios de comunicación. Ángel España Vera. 

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