La Ataxia de Friedreich y la Ataxia Espinocerebelosa tipo 3 (SCA3), reconocidas para el acceso a la jubilación anticipada por discapacidad
Fruto de un exhaustivo trabajo técnico e Investigador liderado por FEDAES, la Comisión Técnica emite resolución favorable para ambas patologías.
FEDAES expresa su profundo agradecimiento a COCEMFE por su ayuda en los aspectos formales, el resumen técnico y la labor de presentación institucional.
Ciudad Real / España — 25 de septiembre de 2026. La Federación Española de Ataxias (FEDAES) celebra un logro histórico para el colectivo de personas con ataxia en España: la emisión de las resoluciones favorables que admiten la inclusión de la Ataxia de Friedreich y la Ataxia Espinocerebelosa tipo 3 (SCA3) en el marco del procedimiento de jubilación anticipada para trabajadores con un grado de discapacidad igual o superior al 45 %.
Este importante hito ha sido posible gracias al trabajo riguroso e Investigador realizado por FEDAES, aportando los estudios científicos y la base fundamentada de las patologías. Para su correcta canalización ante la administración, FEDAES ha contado con el acompañamiento indispensable de la Confederación Española de Personas con Discapacidad Física y Orgánica (COCEMFE), a quienes se agradece sinceramente su valiosa labor en la síntesis, la revisión de aspectos formales y la presentación de los expedientes.
Claves de los Informes Técnicos y Resoluciones Oficiales
A partir de los dictámenes e informes definitivos de la Comisión Técnica de Nuevas Patologías emitidos el 9 de septiembre de 2026 y resueltos por la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social el 15 de septiembre de 2026, se destacan los siguientes aspectos fundamentales de cada patología
1. Ataxia de Friedreich
Reducción severa de la esperanza de vida: Los estudios internacionales y el registro europeo (EFACTS) aportados sitúan la esperanza de vida media en el rango de los 36,5 a 39 años
, demostrando claramente una reducción apreciable de la esperanza de vida superior a los 5 años exigidos por la norma .Afectación multisistémica: Causada por una mutación en el gen FXN (deficiencia de frataxina)
, la enfermedad provoca daño neurodegenerativo progresivo así como complicaciones graves en órganos no neurológicos, principalmente cardiopatías y alteraciones pancreáticas .Prevalencia: Presenta una prevalencia en Europa de entre 1 y 9 casos por cada 100.000 habitantes
, con áreas en España de elevada prevalencia como Cantabria, el norte peninsular y la Comunidad Valenciana .
2. Ataxia Espinocerebelosa Tipo 3 (SCA3)
Dominancia epidemiológica: Se trata del subtipo de ataxia hereditaria dominante más frecuente tanto en Europa como en España
(con una prevalencia general de ataxias hereditarias en nuestro país de 5,48 casos por cada 100.000 habitantes) .Impacto en la etapa laboral y supervivencia: Causada por la expansión del triplete CAG en el gen ATXN3
, sus manifestaciones neurológicas debutan típicamente en plena etapa laboral , justificando el impacto en la progresión funcional (escala SARA) y demostrando una reducción generalizada y apreciable de la esperanza de vida de al menos 5 años .
3. Efectividad Normativa
Resolución y modificación del Real Decreto 1851/2009: Las resoluciones emitidas por la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social aprueban la inclusión de ambas enfermedades
e inician el procedimiento formal para modificar el anexo del Real Decreto 1851/2009 . La medida resultará plenamente efectiva una vez se publique dicha modificación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) .
FEDAES continuará vigilante en el seguimiento de los trámites legislativos correspondientes hasta su entrada en vigor definitiva para garantizar el pleno ejercicio de estos derechos por parte de las personas afectadas.
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