Diferencias entre incapacidad y discapacidad
Una persona puede tener reconocida una incapacidad permanente absoluta y una discapacidad, pero no necesariamente ambas situaciones van parejas ni tienen por qué tener la misma causa.
«La incapacidad permanente absoluta o total es una prestación que impide desarrollar una profesión en cualquier ámbito (absoluta) o para el puesto de trabajo habitual (total), mientras que la discapacidad física o psíquica es una merma o deficiencia de las capacidades, que con independencia del grado reconocido de la misma, puede o no impedir trabajar».
Así distingue, de manera general, Miguel Ángel Poveda, presidente de la Asociación Empresarial de Asesores Laborales, dos términos -incapacidad y discapacidad-, que tienden a confundirse, pero que son muy distintos entre sí. Estas son las principales diferencias:
¿Quién reconoce una incapacidad?
La incapacidad laboral está definida y estipulada con base a normativa legal y el Instituto Nacional de la Seguridad Social es el organismo competente a este respecto. Sus diferentes organismos y representantes son los encargados de reconocer tanto la situación de incapacidad como su tipo y en su caso, la prestación económica que conlleve.
Reconocimiento de la discapacidad
Los trámites para el reconocimiento de una discapacidad y de una incapacidad laboral también son distintos. Para que se reconozca la primera de ellas es necesario obtener el certificado de discapacidad. Se trata de un documento administrativo que reconoce el grado que determinen los porcentajes de valoración aplicados.
Certificado de discapacidad: Beneficios y Ventajas – Federación de Ataxias de España (fedaes.org)
Discapacidad en el ámbito laboral
La discapacidad no necesariamente limita al individuo en el ámbito laboral. Sí implica que la persona afectada encuentre limitaciones para hacer actividades que, según su edad, sexo y factores culturales, debería poder llevar a cabo de forma cotidiana.
Tipos de incapacidad y grados de discapacidad
La incapacidad puede ser causada por patologías o enfermedades o por accidentes (dentro o fuera del trabajo). Según el tiempo que el trabajador esté limitado para su labor se alude a incapacidad temporal, incapacidad permanente total o parcial, incapacidad absoluta e incapacidad absoluta en grado de gran invalidez.
La incapacidad genera derecho a percibir prestaciones económicas
Sea temporal o permanente, la persona con incapacidad laboral tiene derecho a percibir una determinada cuantía mensual por parte de la Seguridad Social, que dependerá del tiempo mínimo cotizado para el caso de la incapacidad permanente.
La discapacidad puede generar subsidios
La discapacidad, salvo cuando es mayor al 65%, no comporta el cobro de una pensión, al contrario que la incapacidad permanente. Pero sí implica determinados beneficios sociales, laborales y fiscales diferentes según el porcentaje de discapacidad.
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