Fuente Original: 

https://www.plenainclusion.org/discapacidad-intelectual/recurso/certificado-de-discapacidad

El certificado de discapacidad es un documento oficial que acredita la condición legal de persona con discapacidad, a la que se concede un grado de discapacidad concreto.

Este grado de discapacidad se evalúa mediante un baremo estatal y se valoran las limitaciones de la persona y factores sociales complementarios relativos como el entorno familiar, la situación laboral, educativa y cultural, que dificultan su inclusión social.

El grado de discapacidad se expresará en porcentaje y la discapacidad se reconoce a partir de un grado del 33%.

 

¿Cómo se obtiene el certificado de discapacidad?

La persona interesada o, en su caso, su representante legal o guardador de hecho debe solicitarlo y presentar la documentación exigida en los Centros de los Servicios Sociales cualificados para emitirlos.

En los Servicios Sociales de tu ayuntamiento, comunidad autónoma o en el propio hospital pueden informaros. En los centros base también.

Principales Centros

 

¿Es lo mismo el certificado de discapacidad que el certificado de minusvalía?

Sí, antiguamente recibía el nombre de certificado de minusvalía.

 

¿Qué es la tarjeta de discapacidad?

Es una tarjeta que existe en algunas comunidades para las personas que ya tienen reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%. Esta tarjeta sustituye al certificado de discapacidad en formato papel, que sólo tiene que presentarse cuando lo soliciten las Administraciones públicas.

Esta tarjeta puede utilizarse para cualquier trámite administrativo y para acreditar que tiene una discapacidad reconocida.

 

¿Qué beneficios supone tener el grado de discapacidad?

Las personas a las que se le reconoce el grado de discapacidad pueden acceder a beneficios, derechos económicos y servicios de organismos públicos. Link a desplegable:

Entre los posibles beneficios las personas con reconocimiento de grado de discapacidad, pueden señalarse los siguientes:

  • Acceso a las medidas de fomento del empleo para personas con discapacidad
  • Adaptación del puesto de trabajo
  • Adaptación de pruebas selectivas en el acceso al empleo público
  • Jubilación anticipada
  • Acceso a la vivienda de protección pública
  • Subvenciones y/o ayudas de carácter individual: tratamientos rehabilitadores, productos de apoyo, accesibilidad y adaptaciones en el hogar, etc.
  • Tratamientos rehabilitadores y de apoyo
  • Recursos y apoyos educativos
  • Pensión no contributiva (PNC) por invalidez
  • Prestaciones económicas y sociales para personas con discapacidad: Asistencia Sanitaria y Prestación Farmaceútica y Subsidio de Movilidad y Compensación para Gastos de Transporte
  • Prestaciones familiares: Asignación económica por hijo o menor con discapacidad acogido a cargo, o mayores de 18 años con un grado de discapacidad igual o superior a 65%
  • Ampliación del periodo de descanso por maternidad en los supuestos de discapacidad del hijo o menor acogido.
  • Ingreso en Centros
  • Beneficios fiscales: Necesidad de ayuda de tercera personas para desplazamiento a lugar de trabajo, movilidad reducida, necesidad de vivienda adaptada, etc
    • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)
    • Impuesto sobre Sociedades (IS)
    • Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
    • Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)
    • Impuesto especial sobre determinados medios de trasporte (IEDMT)
    • Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM)
  • Tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida
  • Bonotaxi
  • Reducciones en medios de transporte
  • Otras ayudas y servicios para el colectivo de personas con discapacidad que se contemplen en los organismos competentes en materia de Servicios Sociales ya sean municipales, autonómicos o estatales, o de la iniciativa privada social.

 

¿Se puede revisar el grado de discapacidad?

Sí, dos años después de la última resolución cuando se haya producido una cambio de su situación (agravamiento o mejoría) y se acompañe de los informes que acrediten dicho cambio.

También se puede revisar el grado de discapacidad si tiene un plazo de validez determinado, siempre que falten menos de tres meses del cumplimiento del mismo.

Para más información: click aquí

 

Espero que este artículo te haya ayudado a saber las ventajas que tienes si te han concedido el certificado de discapacidad, si tienes alguna duda, solicita más información a la asistente social de tu Comunidad autónoma.

 

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